A principios de 2026, o tal vez antes, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) estará operando una nueva plataforma interconectada con acceso prácticamente irrestricto a toda la información que quiera conocer, de entes públicos y privados.
Se trata de la Plataforma Central de Inteligencia (PCI), cuya extensión hacia personas privadas no está prevista en la reforma constitucional de diciembre pasado en materia de seguridad pública, pero que Morena y sus aliados en el Congreso aprobaron en su reciente periodo extraordinario, como parte de la nueva Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública (LSNI).
Registros comerciales, financieros, bancarios, de salud, de transporte, telecomunicaciones, empresariales, marítimos, biométricos, inmobiliarios o de seguridad privada. Todo eso, más cualquier otro dato que requiera el CNI, tendrá que ser aportado por empresas y personas físicas, vía interconexión a la PCI, o por cualquier otro medio si dicha interconexión no es posible.»Todas aquellas personas morales de naturaleza privada o social que tengan o puedan tener o acceder a información susceptible de ser empleada en investigaciones para la prevención de delitos, el esclarecimiento de hechos y, en general, los fines del proceso penal, tendrán que conectarse a la PCI, o decidir si se resisten a colaborar.
«Las personas particulares que cuenten con bases de información, registros, sistemas o cualquier otra fuente que pueda resultar trascendente, ya sea para obtener indicios, datos de prueba y pruebas, o extraer cualquier otro elemento que sirva para fortalecer investigaciones y contribuir a la prevención y persecución de los delitos, deberán colaborar con los órganos del Sistema Nacional para su transmisión, consulta y suministro», agrega la LSNI.
No se requiere orden judicial. Bastará que el CNI o su superior jerárquico, el titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Ciudadana (SSPC), Omar García Harfuch, «solicite» o «requiera» el acceso, pero la ley no deja del todo claro si el particular puede negarse, y no prevé sanciones en ese caso.
El artículo 21 de la Constitución, reformado a inicios del sexenio para darle a la SSPC un papel central en la estrategia de seguridad pública, prevé un Sistema Nacional de Inteligencia (SNI) que está facultado para «solicitar información a las instituciones y dependencias del Estado para la identificación y esclarecimiento de los hechos presuntamente constitutivos de delitos».
Con la PCI, la ley secundaria va más allá, al extender la recolección permanente de datos hacia el sector privado y social.
El cambio es radical si se compara con los sistemas de inteligencia que, desde el Gobierno de Vicente Fox, se han previsto en leyes como la del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP), y la de Seguridad Nacional, esta última, la que regía la actuación del CNI y tiene que ser reformada, porque ha quedado totalmente rebasada.
Con información de: El País
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