Un tribunal federal revocó la suspensión definitiva que había sido otorgada contra las disposiciones relacionadas con el registro de telefonía celular, al considerar que detener su aplicación afectaría el orden público y el interés social.

El Decimocuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito resolvió, por unanimidad, modificar la resolución recurrida dentro del recurso de revisión 27/2026, y negar la medida cautelar solicitada por las personas promoventes.

De acuerdo con la resolución, conceder la suspensión habría impedido la aplicación de normas cuyo objetivo inmediato es proteger derechos de la colectividad, particularmente en materia de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

El tribunal argumentó que dichas disposiciones buscan evitar los daños asociados a la desaparición forzada de personas y fortalecer las capacidades del Estado para garantizar derechos fundamentales como la vida, la libertad, la dignidad, la identidad y la seguridad.

En ese sentido, las magistradas y el magistrado que integran el órgano colegiado señalaron que la sociedad tiene interés en que prevalezcan los beneficios derivados de estas normas, ya que contribuyen a reforzar el aparato institucional y normativo del Estado para atender de manera eficaz los casos de desaparición.

Por ello, al considerar fundado uno de los agravios planteados por las autoridades recurrentes, el tribunal determinó revocar la resolución impugnada y negar la suspensión definitiva solicitada.

La resolución fue aprobada vía videoconferencia por unanimidad por las magistradas María Eugenia Martínez Carrillo, presidenta del tribunal, y Emma Gaspar Santana, así como por el magistrado Rafael Coello Cetina, ponente del proyecto. Este último fue el secretario de Estudio de la SCJN durante 17 años en las presidencias de cuatro ministras y ministros.

Con información de: La Silla Rota

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