Las actas de Cabildo aprobadas por la actual administración sanmariense del mes de octubre a la fecha, pudieran quedar sin efecto en caso de que se inicie la promoción de un recurso de impugnación, por posibles irregularidades en la elección de Ana Laura Muñoz Hernández, como Síndico de Santa María de Río.

Sobre esta situación, hagamos recordatorio que, en la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí, por Cabildo se entiende a miembros del Ayuntamiento, reunidos en sesión y, por Ayuntamiento, se entiende como un órgano de gobierno municipal cuyos miembros realizan su voluntad política.
Sobre estos principios, al ser electa como Síndico, Muñoz Hernandez pasa a formar parte del Ayuntamiento de Santa María del Río, y por su nombramiento, está facultada para opinar, votar y tomar decisiones importantes en las sesiones de Cabildo, influyendo así en la dirección política del municipio sanmariense.
El Artículo 13 fracción III de la ley en mención, señala que, en Santa María del Río, así como en 52 municipios restantes, el Ayuntamiento debe estar conformado por un Presidente, un regidor y un Síndico de mayoría relativa, y hasta cinco regidores de representación proporcional.
Sin embargo, el Artículo15 de dicha ley señala que, para ser miembro de un Ayuntamiento o Concejo Municipal, en su caso, se requiere: I. Ser ciudadana o ciudadano potosino en ejercicio de sus derechos; II. Ser originaria u originario del Municipio y con un año por lo menos de residencia efectiva en el mismo, inmediato anterior a la fecha de la elección o designación, en su caso; o ser vecina o vecino del mismo, con residencia efectiva de dos años inmediata anterior al día de la elección o designación.
La elección de Ana se da como un efecto natural por el triunfo de Isis Díaz Hernández, como Alcaldesa de Santa María del Río, quien incluyó a Muñoz Hernández dentro de su equipo de campaña pese a esta irregularidad.
Ana Laura Muñoz Hernández, siendo oriunda del municipio de Tamazunchale, al momento de su elección, al parecer no presentó ningún documento que haya avalado residencia efectiva por dos años en Santa María del Río como lo marca la ley, y de haberlo presentado, posiblemente se trate de un documento apócrifo, al ser que la mayoría de los sanmarienses la desconocen como habitante del municipio. En la cabecera municipal y en las comunidades, la gente se conoce y sostienen esta versión.
En caso de comprobarse lo anterior, Muñoz Hernández deberá ser separada del cargo, lo que provocaría que todas las decisiones que se llevaron en las juntas de Cabildo y que en su momento fueron aprobadas, pudieran quedar invalidadas en caso de promoverse un recurso de impugnación por la presunta violación a la Ley Orgánica del Municipio Libre promovido en razón a las aparentes irregularidades en laelección de Ana Laura como Síndico.
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